El ambiente de tu local depende de muchas cosas: de la iluminación, de las tendencias de decoración para restaurantes o de la música. La música emociona, relaja, ... Cualquiera diría que es inofensiva.
O no tanto. Si tienes un bar, restaurante o cafetería, debes saber que su uso está regulado por normativa en España y puede acarrear sanciones si no cumples con los requisitos legales.
Poner tu playlist sin preocuparte suena bien, pero mejor si lo haces dentro de la ley. Aquí te contamos todo lo que necesitas saber para ambientar tu local sin sorpresas.
En España, la SGAE (Sociedad General de Autores y Editores) es la entidad encargada de gestionar los derechos de autor musicales. Si quieres poner música comercial en tu local (ya sea por radio, Spotify, televisión o cualquier otro soporte con obras protegidas), necesitas una licencia de comunicación pública.
Esta licencia debe solicitarse directamente a la SGAE y su coste varía en función de:
A nivel orientativo las tarifas oscilan:
Sí, has leído bien: costes. Pero no te preocupes, existe la posibilidad de aplicar reducciones si se solicita la licencia por adelantado o si el volumen de negocio es reducido.
Puedes consultar las tablas específicas de tarifas desde la página web de la SGAE.
Además de la SGAE, existe otra entidad con la que debes contar: AGEDI-AIE. Estas organizaciones representan a los productores fonográficos (AGEDI) y a los artistas intérpretes (AIE). Gestionan lo que se conoce como remuneración equitativa, un derecho independiente al de los autores.
Aunque ya tengas la licencia de SGAE, también debes pagar esta tasa. AGEDI-AIE ofrece tarifas según el tipo y tamaño del establecimiento, y puedes gestionarla a través de su plataforma online o contactar directamente.
Esta licencia debe solicitarse directamente a la AGEDI-AIE y su coste varía en función de:
A nivel orientativo las tarifas oscilan:
Puedes consultar las tablas específicas de tarifas desde la página web de la SGAE.
¿Ya tienes las licencias? Volumen al máximo y que empiece el show. Tu local se llenará de gente con ganas de fiesta... y de denuncias de los vecinos.
La música no solo afecta a tus clientes, también puede molestar a tu equipo y al vecindario. En España, el volumen está regulado por la Ley 37/2003 del Ruido, el Real Decreto 1367/2007, y las ordenanzas municipales.
Si la música supera los 85 dB de media y se reproduce más de 12 veces al año o 3 veces en menos de 30 días, deberás:
El nivel de la música varía según la franja horaria en la que nos encontremos. Aunque pueden haber diferencias entre municipios, los rangos orientativos más comunes son:
Superar estos límites puede implicar sanciones, cierre cautelar o retirada de licencias.
Las terrazas están reguladas además por restricciones específicas. En muchos municipios:
¿En resumen? Música sí, pero también hacen falta permisos (y cabeza). Te recomendamos consultar con tu ayuntamiento para conocer exactamente qué permite o prohíbe en tu zona.
Desde Skello no podemos afinar tus altavoces, pero sí ayudarte a afinar la planificación en el sector de la restauración.
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La música crea ambiente, pero nada suena mejor que la tranquilidad de una planificación bien hecha.
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