RRHH

¿Cómo calcular las horas de trabajo por mes?

Por 
Arune
3
 min
16/5/2025

¿Cómo calcular las horas de trabajo por mes? Este dato te interesa, tanto a ti como a tus empleados, porque debe figurar de manera clara en toda nómina. Y no es un tema menor: cualquier error en el cálculo del tiempo de trabajo mensual puede ser fuente de conflictos, sanciones e inspecciones por parte de la Inspección de Trabajo.

Para calcular el número de horas trabajadas al mes, basta con sumar las horas de trabajo efectivo. Suena fácil, ¿verdad? Pues en realidad no es tan sencillo.

Todos los responsables de nóminas podrán confirmar que el cálculo del número de horas trabajadas al mes no resulta tan obvio. La nómina es un documento regulado por ley y con un fuerte escrutinio, tanto interno (por parte de empleados y sindicatos) como externo (por parte de organismos públicos).

Por suerte, si Skello fuera un anagrama, la S sería de "sencillo". Así que te proponemos una serie de herramientas para hacer de esta tarea algo más simple, como una calculadora de horas trabajadas en línea totalmente gratuita, con la que el máximo esfuerzo es hacer clic.

¿Qué elementos tener en cuenta para el cálculo del tiempo de trabajo efectivo?

Duración legal de trabajo en España

Según el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, la jornada laboral ordinaria a tiempo completo en España está fijada en 40 horas semanales de trabajo efectivo, lo que equivale aproximadamente a 173,33 horas mensuales (calculado de forma estándar: 40 h x 52 semanas / 12 meses).

Para trabajadores a tiempo parcial, la jornada será la acordada en su contrato, respetando los mínimos que puedan establecerse por convenio o sector.

Este cómputo sirve de base para calcular horas extras, complementarias y otras variables de nómina.

¿Qué se considera tiempo de trabajo efectivo?

Los responsables de nóminas se aseguran de contabilizar primero el número de horas de trabajo efectivo. Este dato les sirve de base para el cálculo del número de horas extras y de las vacaciones pagadas.

El artículo 34.5 del Estatuto define como tiempo efectivo aquel durante el cual el trabajador está a disposición del empleador, prestando sus servicios o realizando las tareas encomendadas, sin poder disponer libremente de ese tiempo.

No obstante, en España la jurisprudencia aclara los siguientes matices, no considerándose tiempo de trabajo efectivo: 

  • Desplazamientos al centro de trabajo, salvo trabajadores móviles, como los comerciales, donde el tiempo de desplazamiento puede computar.
  • Tiempo de vestimenta, salvo que sea obligatorio cambiarse en la empresa.
  • Pausas y descansos, salvo que así se pacte. Por cada 6 horas de trabajo continuadas, el trabajador tiene derecho a un descanso mínimo de 15 minutos, que no computan como tiempo de trabajo efectivo.
  • Ausencias. Las ausencias injustificadas, sanciones o huelga no se consideran tiempo efectivo de trabajo, al igual que las vacaciones o las bajas por enfermedad, maternidad o accidente, aunque estas sí que tienen carácter retribuido. Por el contrario, los permisos retribuidos, como matrimonio o fallecimiento de un familiar, sí computan como tiempo efectivo.
  • Formaciones fuera del horario de trabajo, salvo pacto o exigencia empresarial.
  • Guardias sin intervención efectiva, aunque pueden ser compensadas.
  • Días festivos no trabajados, salvo el 1 de mayo, que sí es retribuido si coincide en jornada laboral.

Número máximo de horas trabajadas

La duración del trabajo efectivo diario está limitada a 9 horas diarias, salvo pacto o convenio que establezca una jornada superior, siempre respetando los descansos legales. Siendo entonces el máximo semanas 40 horas de promedio en el cómputo anual.

Cabe señalar que recientemente el Consejo de Ministros ha aprobado la nueva ley de jornada laboral en España, por lo que se prevé que se establezca una reducción a las 37,5 horas semanales para este 2025.

¿Y qué pasa con las horas extra?

Se consideran horas extraordinarias aquellas que superan esta jornada máxima ordinaria. Las horas extra deben ser remuneradas con un recargo, que es habitualmente del 75% del valor de la hora ordinaria o en forma de descanso. Sobre estas también se establece un límite, siendo de 80 horas extra anuales, salvo excepciones de fuerza mayor, prevención de riesgos, etc.

Cálculo de las horas trabajadas por mes

👉🏼 Fórmula de cálculo para las 151,67 horas mensuales

En España, la jornada ordinaria de trabajo efectivo a tiempo completo está fijada en 40 horas semanales según el artículo 34.1 del Estatuto de los Trabajadores. Esto equivale aproximadamente a:

173,33 horas mensuales = (40 horas semanales x 52 semanas al año) / 12 meses al año


Para el número de horas legales de trabajo por año, la fórmula es la siguiente:

1.826,67 horas anuales = 40 horas x 52 semanas

Este cálculo corresponde a la jornada máxima ordinaria anual, sobre la cual hay que restar días festivos no trabajados, vacaciones anuales y permisos retribuidos, lo que en la práctica suele situar la jornada efectiva anual en torno a 1.720 - 1.750 horas, dependiendo del convenio colectivo aplicable.

¿Qué hay de las horas extras?

El empleador puede ampliar la jornada laboral del empleado, no más allá de los límites establecidos por la normativa, pero debe aplicar recargos para calcular el salario bruto (salario según horarios), debiendo abonarse un recargo mínimo del 75 % del valor hora ordinario, salvo compensación con descanso equivalente.

El número de horas extra trabajadas está limitado a 80 horas al año para cada trabajador, excluyéndose las horas de fuerza mayor o prevención de daños urgentes.

📐 Ejemplo de cálculo del número de horas trabajadas por semana

Si un trabajador trabaja 8 h por día durante 5 días en una semana a una tarifa de 20 euros por hora, habrá realizado 40 horas de trabajo efectivo (8 h x 5 días = 40 h/semana).
Si en esta semana realiza 45 horas, es decir, 5 extra (5 horas extra = 45 h - 40 h), estas deben abonarse con el recargo correspondiente.

Si su tarifa ordinaria es de 20 € por hora:
20 € x 1,75 = 35 € por hora extra

Total por 5 horas extra = 35 € x 5 = 175 € adicionales en la nómina

Para ayudarte en tus cálculos, elaboramos una tabla para calcular las horas extras. Sencillo, como prometimos.

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