
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales lleva vigente desde 1995. En estas tres décadas, el trabajo ha cambiado radicalmente: el teletrabajo se ha normalizado, la inteligencia artificial ha entrado en los procesos productivos y los riesgos laborales ya no son solo físicos. Sin embargo, la norma no había evolucionado al mismo ritmo.
Eso cambia ahora. El Gobierno acaba de aprobar la primera gran reforma de la Ley 31/1995: una actualización que reconoce por primera vez la salud mental como riesgo laboral, amplía las obligaciones de vigilancia y prevención, e incorpora nuevas figuras como el ciberacoso o los riesgos derivados del cambio climático. En este artículo te explicamos qué ha cambiado y qué significa para tu empresa. También puedes descargar nuestra guía para acceder a información mucho más detallada.
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales es la norma que obliga a todas las empresas en España a identificar, evaluar y controlar los riesgos a los que están expuestos sus trabajadores. Desde su aprobación, ha sido la referencia legal en materia de seguridad y salud en el trabajo.
El problema es que nació en un contexto muy diferente al actual. En 1995 no existía el teletrabajo, no había algoritmos gestionando turnos y cargas de trabajo, y los riesgos laborales se entendían casi exclusivamente en términos físicos: caídas, golpes, exposición a sustancias peligrosas. Tres décadas después, el panorama es completamente distinto.
La digitalización ha traído nuevas formas de trabajar, pero también nuevas formas de enfermar. El estrés crónico, el agotamiento emocional, el burnout o el acoso digital son realidades cotidianas en muchos centros de trabajo, y hasta ahora la ley no las contemplaba de forma expresa.
El estrés crónico, el burnout o la ansiedad derivados del trabajo pasan a ser riesgos laborales con la misma entidad legal que los físicos. En el plazo de un año, el Gobierno deberá aprobar un reglamento específico para desarrollar cómo evaluarlos y prevenirlos.
La reforma amplía el concepto de daño laboral para incluir los daños cognitivos, emocionales, conductuales y sociales. El trabajo mal organizado, los turnos irregulares o la sobrecarga constante también hacen daño, y ahora tienen respaldo legal.
Las empresas deberán contemplar los riesgos derivados de catástrofes naturales y fenómenos meteorológicos adversos en sus evaluaciones, y tendrán que disponer de protocolos de actuación ante estas situaciones.
La prevención deberá adaptarse a las características físicas y biológicas de cada persona. Se refuerza la protección de trabajadoras embarazadas y en lactancia, y se incorpora la perspectiva de edad para trabajadores mayores.
Los reconocimientos médicos serán específicos para cada puesto y sus riesgos. Se realizarán al inicio de la relación laboral, de forma periódica y tras bajas prolongadas. Cada trabajador tendrá derecho a obtener copia de su historial clínico-laboral.
La evaluación de riesgos deberá realizarse con visita presencial al centro de trabajo. La formación preventiva también deberá ser presencial, salvo causa justificada y debidamente acreditada.
Para entender de un vistazo qué cambia respecto a la situación anterior:
Antes de hablar de lo que hay que hacer, conviene entender desde dónde partimos. Y la radiografía no es tranquilizadora.
7 de cada 10 empresas en España aún no han implantado ningún sistema de fichaje digital, según el Observatorio TeamSystem 2025. Más de seis años después de que el registro de jornada fuera obligatorio, la mayoría del tejido empresarial sigue sin adaptarse.
El 35% de autónomos y pymes registra todavía la jornada en papel o en hojas de Excel, métodos que quedarán prohibidos con la nueva normativa de fichaje digital que avanza en paralelo a esta reforma.
Solo el 12% de las empresas españolas cuenta con programas de bienestar emocional para sus empleados, según el informe Salud Mental y Trabajo 2025 de UGT. El 88% restante llega tarde a este cambio.
Y el coste de no actuar ya es visible: en 2024, la Inspección de Trabajo impuso 20 millones de euros en sanciones por infracciones relacionadas con el registro de jornada y las horas extra, un 8,8% más que el año anterior.
📝 Dato clave En España se trabajan actualmente 2,8 millones de horas extra no remuneradas cada semana, el equivalente a 3.200 millones de euros anuales que los trabajadores no cobran. La reforma de la Ley PRL nace, en parte, para poner fin a esta situación.
La reforma no entra en vigor de un día para otro, pero las empresas que se anticipen estarán en una posición mucho mejor: evitarán sanciones, reducirán el absentismo y ganarán en productividad.
Por dónde empezar:
Pero hay más. El plan de adaptación completo, con los 5 pasos detallados, las obligaciones desglosadas por área y cómo Skello puede ayudarte en cada uno de ellos, lo encontrarás en nuestra guía descargable gratuita.
⚠️ Atención La ausencia de evaluación de riesgos psicosociales se considera infracción grave según la LISOS. Las sanciones pueden oscilar entre 2.046 € y 40.985 € dependiendo de la gravedad y el número de trabajadores afectados.
Hemos preparado una guía gratuita con todo lo que necesitas para adaptar tu empresa a la nueva normativa: las 6 claves de la reforma explicadas, el contexto real del tejido empresarial español y un plan de acción concreto para ponerte al día.
Lo que encontrarás en la guía:
A todas. Cualquier empresa con trabajadores por cuenta ajena, sin excepción por tamaño o sector.
El Anteproyecto ya está aprobado. Tras su publicación en el BOE, las empresas dispondrán de un plazo de adaptación. El reglamento específico sobre riesgos psicosociales deberá aprobarse en el plazo máximo de un año.
Condiciones relacionadas con la organización del trabajo que pueden dañar la salud mental de los trabajadores: estrés crónico, burnout, acoso laboral, sobrecarga, falta de autonomía o turnos irregulares, entre otros.
Sí, si la evaluación actual no contempla los riesgos psicosociales, climáticos ni la perspectiva de género y edad. Además, ahora deberá realizarse con visita presencial al centro de trabajo.
Sanciones de entre 2.046 € y 40.985 € por infracción grave, y hasta más en casos muy graves. Además de posible responsabilidad civil y penal si hay un accidente derivado del incumplimiento.
Mucho. Los turnos irregulares, las horas extra ocultas y la falta de descansos reales son causas directas de riesgos psicosociales. Sin datos fiables sobre cómo trabajan tus equipos, la prevención es imposible.
Necesitas datos reales sobre cómo trabaja tu equipo: horas acumuladas por persona, ausencias recurrentes, turnos irregulares, quién acumula horas extra de forma sistemática. Si usas Skello, puedes exportar esos informes directamente y dárselos a tu técnico de prevención como base de trabajo, sin tener que recopilar nada a mano.