
¿Estás esperando un bebé o gestionas un equipo donde alguien lo está? En 2026, el permiso por nacimiento y cuidado del menor se ha ampliado a 19 semanas por progenitor, gracias al Real Decreto-ley 9/2025. Es un cambio importante tanto para los futuros padres y madres como para los responsables de equipo que deben planificar la ausencia.
En esta guía te explicamos cuánto dura la baja, cuánto se cobra, cómo solicitarla y — algo que ningún otro artículo cubre — cómo gestionar esta ausencia si eres manager o responsable de RRHH. Además, hemos creado un simulador gratuito para que calcules tus fechas y prestación en 30 segundos.
Antes de entrar en los detalles legales, lo más práctico: calcula directamente las fechas exactas de tu permiso y la prestación estimada con nuestro simulador.
Introduce tu fecha prevista de parto, selecciona tu tipo de familia y, opcionalmente, tu salario bruto. La herramienta calcula automáticamente la distribución de tus 19 semanas (o 32 si eres familia monoparental), tu fecha de reincorporación y el importe estimado de tu prestación.
Desde la entrada en vigor del RD-ley 9/2025, cada progenitor tiene derecho a 19 semanas de permiso, individual e intransferible. Esto significa que ni la madre puede ceder semanas al padre, ni viceversa.
La estructura del permiso en 2026 se organiza en tres fases:
La madre biológica puede adelantar hasta 4 semanas antes de la fecha prevista del parto.
Para entender el alcance de estos cambios, merece la pena ver cómo ha evolucionado el permiso en los últimos años:
Si eres el único progenitor, el permiso se amplía considerablemente para compensar la ausencia de un segundo cuidador:
En total, 32 semanas retribuidas al 100% de tu base reguladora.
El permiso se amplía en determinadas situaciones:
Durante las 19 semanas, cobras el 100% de tu base reguladora. No hay tope máximo ni mínimo que reduzca el importe.
¿Quién paga? La Seguridad Social, no tu empresa. Tu empresa no te abona salario durante este período, pero mantiene tu puesto reservado y sigue cotizando por ti.
La base reguladora se calcula como la media de tus bases de cotización de los 6 meses anteriores al inicio del permiso.
💡 Ejemplo práctico:
Javier cobra 2.200 €/mes brutos. Inicia su baja por paternidad el 1 de abril de 2026.
Si eres trabajador por cuenta propia dado de alta en el RETA, tienes exactamente el mismo derecho: 19 semanas al 100% de tu base reguladora.
Además, durante toda la baja, quedas exonerado del pago de la cuota de autónomos. Tu alta en el RETA se mantiene (con cobertura sanitaria y cómputo para jubilación), pero no pagas la mensualidad.
💡 ¿Cuánto te ahorras? Si pagas la cuota mínima (~306 €/mes en 2026), en 19 semanas te ahorras aproximadamente 1.450 € en cuotas.
Requisitos: estar dado de alta en el RETA, al corriente de pagos con la Seguridad Social, y cumplir el período mínimo de cotización según tu edad.
El proceso es bastante directo. Estos son los pasos:
1. Avisa a tu empresa — Comunica las fechas previstas con al menos 15 días de antelación. Cuanto antes, mejor para la organización del equipo.
2. Obtén el informe de maternidad/paternidad — Lo emite el médico del servicio público de salud (normalmente en el hospital, tras el nacimiento).
3. Presenta la solicitud ante la Seguridad Social — Se puede hacer de tres formas:
4. Documentos necesarios:
5. Plazo de tramitación: la Seguridad Social resuelve en una media de 8 días hábiles.
Esta es probablemente la parte más confusa de la reforma, y pocos artículos la explican bien. Vamos a aclararlo.
Si tuviste un hijo después del 2 de agosto de 2024, puedes solicitar las 2 semanas adicionales (hasta los 8 años del menor) desde el 1 de enero de 2026. No importa que tu baja principal ya haya terminado: este derecho se puede ejercer ahora.
En 2026 coexisten dos permisos distintos que generan mucha confusión:
Si eres manager, responsable de RRHH o diriges un negocio, esta sección es para ti. 19 semanas son casi 5 meses de ausencia — una cifra que requiere planificación anticipada, sobre todo en sectores como la hostelería, el retail o la sanidad donde cada turno cuenta.
En cuanto un miembro de tu equipo comunique la llegada de un bebé, empieza a planificar:
Imagina un restaurante con 8 empleados. Uno de ellos, encargado de sala, se va de baja 19 semanas. Eso representa:
Sin una herramienta de planificación adaptada, esto se gestiona con hojas de cálculo, llamadas de WhatsApp y estrés. Con un sistema de control horario automatizado, la redistribución se hace en minutos.
Desde 2019, el registro de jornada es obligatorio en España (RD-ley 8/2019). Durante la baja de un miembro del equipo, el resto del equipo sigue trabajando — y sus horas deben estar registradas con precisión. Es un aspecto que muchas empresas descuidan durante los períodos de reorganización.
El permiso de nacimiento no es el único derecho que tienes como padre o madre trabajador. Estos son los principales permisos complementarios:
Puedes ausentarte 1 hora al día (o 2 fracciones de 30 minutos) hasta que el bebé cumpla 9 meses. También se puede acumular en jornadas completas, lo que equivale a unos 15-28 días laborables según convenio.
Puedes reducir tu jornada laboral entre un octavo y la mitad hasta que el menor cumpla 12 años. La reducción se aplica proporcionalmente al salario.
Puedes solicitar una excedencia de hasta 3 años para cuidar de un hijo. Durante el primer año, tu puesto queda reservado. A partir del segundo, se reserva un puesto del mismo grupo profesional.
Las 8 semanas adicionales hasta los 8 años del menor. Recuerda: este permiso no está retribuido salvo que tu convenio colectivo establezca lo contrario. Es un derecho independiente del permiso de nacimiento.
En 2026, el permiso por nacimiento y cuidado del menor es de 19 semanas para cada progenitor. Se distribuyen en 6 semanas obligatorias tras el nacimiento, 11 semanas flexibles durante el primer año y 2 semanas adicionales que pueden disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años.
Se cobra el 100% de la base reguladora del salario, abonado directamente por la Seguridad Social. La empresa no paga el salario durante la baja, pero mantiene el puesto reservado.
La Seguridad Social paga la prestación íntegramente. La empresa mantiene el puesto de trabajo reservado y sigue cotizando, pero no abona salario durante el permiso.
Sí. Los trabajadores autónomos dados de alta en el RETA tienen las mismas 19 semanas con prestación del 100% de su base reguladora. Además, quedan exonerados del pago de la cuota durante toda la baja, lo que supone un ahorro de aproximadamente 1.450 € si pagas la cuota mínima.
Las 17 primeras semanas se aplican a nacimientos desde el 31 de julio de 2025. Las 2 semanas adicionales son retroactivas para nacimientos desde el 2 de agosto de 2024, y pueden solicitarse desde el 1 de enero de 2026.