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Cómo calcular el plus de nocturnidad por horas: guía completa 2026

Por 
Laura
6
 min
Actualizado el
21 Apr 2026

Si gestionas equipos que trabajan de noche, sabes que el plus de nocturnidad es uno de los conceptos más delicados de la nómina. Un pequeño error en el cálculo puede generar diferencias salariales acumuladas, reclamaciones y sanciones.

En esta guía te explicamos paso a paso cómo calcular el plus de nocturnidad por horas, con ejemplos prácticos por sector, las excepciones que debes conocer y la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo. Todo lo que necesitas para que tus nóminas sean impecables.

¿Qué es el plus de nocturnidad y quién tiene derecho a cobrarlo?

El plus de nocturnidad es un complemento salarial que compensa a los empleados que trabajan durante la franja nocturna. Está regulado en el artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015).

La ley define como horario nocturno el período comprendido entre las 22:00 y las 6:00. Toda hora trabajada dentro de esa franja se considera hora nocturna y, en principio, genera derecho al plus.

 

⚖️ Artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores

 

«El trabajo nocturno tendrá una retribución específica que se determinará en la negociación colectiva, salvo que el salario se haya establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza o se haya acordado la compensación de este trabajo por descansos.»

Trabajo nocturno vs. trabajador nocturno: una distinción clave

Es importante no confundir estos dos conceptos, porque tienen consecuencias prácticas muy diferentes para tu empresa:

  • Trabajo nocturno: cualquier hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00, independientemente de quién la realice.
  • Trabajador nocturno: un empleado que realiza al menos 3 horas diarias dentro de la franja nocturna de forma habitual, o que trabaja de noche al menos un tercio de su jornada anual.

¿Por qué importa esta distinción? Porque el trabajador nocturno tiene restricciones adicionales que afectan directamente a la planificación de turnos:

  • Su jornada no puede superar las 8 horas diarias de media en un período de 15 días.
  • No puede realizar horas extraordinarias, salvo en casos excepcionales de fuerza mayor.
  • Tiene derecho a una evaluación de salud gratuita periódica.

Si en tu equipo hay personas que encajan en esta categoría, es fundamental tenerlo en cuenta al diseñar los horarios nocturnos de los restaurantes o de cualquier otro sector.

¿Cuándo NO se paga el plus de nocturnidad?

El artículo 36.2 del ET contempla dos excepciones en las que la empresa no está obligada a abonar el plus como concepto independiente:

  1. Cuando el salario ya se ha fijado teniendo en cuenta que el trabajo es nocturno por naturaleza. Es el caso de determinados vigilantes de seguridad, panaderos o personal de limpieza nocturna cuyo contrato ya refleja una retribución superior por este motivo.
  2. Cuando se ha pactado compensar el trabajo nocturno con períodos de descanso equivalentes, siempre que así lo establezca el convenio colectivo o el acuerdo de empresa.
 

⚠️ Atención

 

Que un puesto sea «inherentemente nocturno» no significa que la empresa pueda pagar lo mismo que a un puesto diurno equivalente. La nocturnidad debe estar compensada de alguna forma: ya sea con un salario base más alto, con un plus específico o con descansos.

Fórmula y pasos para calcular el plus de nocturnidad por horas

Aquí está la parte que más te interesa: el cálculo paso a paso. La fórmula es sencilla, pero hay que aplicarla con los datos correctos de tu convenio colectivo.

La fórmula básica

El cálculo del plus de nocturnidad por horas sigue estos 4 pasos:

Paso 1: Calcula el salario bruto anual. Suma el salario base mensual × 14 pagas (o 12, según tu convenio). No incluyas los complementos extrasalariales (dietas, transporte).

Paso 2: Divide entre las horas anuales de trabajo. Las horas anuales las fija tu convenio colectivo (generalmente entre 1.736 y 1.826 horas). El resultado es el salario/hora ordinaria.

Paso 3: Aplica el porcentaje del convenio. Consulta el convenio colectivo aplicable para conocer el porcentaje de nocturnidad (normalmente entre el 20% y el 30%) o el importe fijo por hora nocturna.

Paso 4: Multiplica por las horas nocturnas efectivas. Solo cuentan las horas trabajadas dentro de la franja 22:00-06:00. Si el turno empieza antes o acaba después, solo se computa la parte que coincide con esa franja.

La fórmula queda así:

Plus de nocturnidad = Salario/hora × % del convenio × Nº de horas nocturnas

O, si tu convenio fija un importe fijo:

Plus de nocturnidad = Importe fijo/hora × Nº de horas nocturnas

Ejemplo práctico: turno de hostelería con horario a caballo

Vamos con un ejemplo real, que es donde la mayoría de errores se producen.

💡
María — Camarera en Madrid
Turno 18:00–02:00 · Convenio hostelería · 25% nocturnidad
Salario base
1.200 €/mes
Salario / hora
9,46 €/hora
🕐 Horas nocturnas del turno
18:00 19:00 20:00 21:00 22:00 23:00 00:00 01:00
4 horas nocturnas (en azul) sobre 8 horas de turno total
Plus / hora
2,36 €
9,46 × 25%
Plus / turno
9,46 €
2,36 × 4h
Plus / mes
189 €
9,46 × 20 turnos
                                                                                                                                                                                           
ConceptoValor
Salario base mensual1.200 €
Salario bruto anual (×14 pagas)16.800 €
Horas anuales (convenio)1.776 h
Salario/hora ordinaria9,46 €
% nocturnidad (convenio)25%
Plus por hora nocturna2,36 €
Horas nocturnas por turno (22:00–02:00)4 h
Plus total por turno9,46 €

Ejemplo con importe fijo por hora (convenio del metal)

Algunos convenios no aplican un porcentaje, sino un importe fijo por hora nocturna. Es muy habitual en el sector del metal.

💡
Carlos — Operario en una fábrica
Turno 22:00–06:00 · Convenio del metal · 2,20 €/hora fijo
Importe fijo / hora
2,20 €/hora nocturna
Horas nocturnas / turno
8 h completas
🕐 Horas nocturnas del turno
22:00 23:00 00:00 01:00 02:00 03:00 04:00 05:00
8 horas nocturnas (turno completo dentro de la franja)
Plus / turno
17,60 €
2,20 × 8h
Plus / mes
387,20 €
17,60 × 22 jornadas

En este caso, el cálculo es más directo: no necesitas calcular el salario/hora, solo multiplicar el importe del convenio por las horas nocturnas.

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¿Cuánto se paga? Plus de nocturnidad por sectores en España

Uno de los problemas más frecuentes es aplicar un porcentaje genérico al plus de nocturnidad cuando, en realidad, cada convenio colectivo fija sus propias condiciones. Aquí tienes un resumen de los sectores principales:

                                                                                                                                                                                                                                       
SectorTipo de compensaciónCuantía habitualReferencia
Hostelería% sobre salario base20–25%Convenios provinciales
MetalImporte fijo por hora~2,20 €/horaConvenio estatal + provinciales
Comercio y alimentación% sobre salario base20–30%Convenios sectoriales
Seguridad privadaIntegrado en salario baseVariable (no se paga aparte)Convenio sectorial
Sanidad% o importe fijo20–25%Convenios autonómicos
Logística y transporte% sobre salario base25–30%Convenios sectoriales
 

📝 Recuerda

 

En España, los convenios colectivos son a menudo provinciales. El convenio de hostelería de Madrid no es el mismo que el de Barcelona o Sevilla. Consulta siempre el convenio aplicable a tu empresa y provincia antes de aplicar un porcentaje.

Si gestionas un restaurante, te interesará conocer también las particularidades del convenio colectivo de hostelería en tu comunidad autónoma.

¿Cómo aparece el plus de nocturnidad en la nómina?

El plus de nocturnidad debe figurar en la nómina como un concepto salarial independiente, claramente identificable. Los nombres más habituales son «Plus de Nocturnidad» o «Complemento Nocturno».

Esto es importante por varias razones:

  • Cotiza a la Seguridad Social: se suma al salario base y al resto de complementos para formar la base de cotización.
  • Tributa en el IRPF: forma parte de la retribución bruta del empleado.
  • Se incluye en las pagas extras y las vacaciones (lo veremos a continuación).

Si en la nómina no ves una línea específica para la nocturnidad, puede que esté incluida en el salario base (caso de puestos inherentemente nocturnos) o puede que se esté cometiendo un error. Aquí tienes un ejemplo de cómo debería aparecer:

                                                                                                                                                                       
ConceptoImporte
Salario base1.200,00 €
Plus de antigüedad100,00 €
✅ Plus de Nocturnidad (80h × 2,36 €)189,19 €
Total devengado1.489,19 €
Seguridad Social (6,50%)–96,80 €
IRPF–variable–
Líquido a percibir

Plus de nocturnidad y vacaciones: lo que dice el Tribunal Supremo

Este es probablemente el punto que más empresas desconocen — y el que más reclamaciones genera.

La Sentencia del Tribunal Supremo 784/2024, de 9 de mayo de 2024, ha dejado claro que el plus de nocturnidad debe incluirse en el salario de vacaciones. El razonamiento es simple: si un empleado cobra ese plus de forma habitual durante el año, no puede ver reducido su salario cuando disfruta de vacaciones.

El método de cálculo que establece el Tribunal es el siguiente:

  1. Toma los 11 meses anteriores al período vacacional.
  2. Calcula la media aritmética de los importes de nocturnidad percibidos en esos meses.
  3. Abona esa media como complemento en la nómina del mes de vacaciones.

💡 Ejemplo: Si María (nuestro caso anterior) percibe una media de 189 € al mes por nocturnidad, su nómina del mes de vacaciones debe incluir esos 189 € adicionales, aunque durante las vacaciones no trabaje ni una hora de noche.

Esta doctrina también se aplica a las pagas extraordinarias. Las sentencias previas del TS (4/12/2019, 1/10/2020 y 3/3/2023) ya apuntaban en esta dirección, pero la STS 784/2024 lo consolida de forma definitiva.

 

⚠️ Riesgo para la empresa

 

Si no incluyes el plus de nocturnidad en las vacaciones y pagas extras de tus empleados, te expones a reclamaciones retroactivas con un plazo de prescripción de un año. Revisa tus nóminas y consulta con tu gestoría.

5 errores frecuentes en el cálculo del plus de nocturnidad

¿Estás seguro de que estás calculando correctamente el plus? Estos son los errores que encontramos con más frecuencia:

1. Confundir las horas del turno con las horas nocturnas.Un turno de 20:00 a 04:00 tiene 8 horas, pero solo 6 son nocturnas (de 22:00 a 04:00). Aplicar el plus a las 8 horas supone un sobrecoste innecesario; aplicarlo a menos de 6 significa que estás pagando de menos.

2. Usar un porcentaje genérico en vez del que fija tu convenio.No existe un «25% estándar». Cada convenio colectivo establece su propia cuantía. Algunos fijan un porcentaje, otros un importe fijo por hora. Consulta siempre el convenio provincial aplicable.

3. No acumular el plus de nocturnidad con el recargo de hora extra nocturna.Si un empleado hace una hora extra entre las 22:00 y las 6:00, esa hora debe llevar dos recargos: el de hora extraordinaria (mínimo un 75% en muchos convenios, o compensación por descanso) y el plus de nocturnidad. Muchas empresas solo aplican uno de los dos. Si gestionas horas extras en hostelería, presta especial atención a este punto.

4. No incluir la nocturnidad en vacaciones ni en pagas extras.Como hemos visto, el Tribunal Supremo lo exige. Es uno de los motivos más habituales de reclamación laboral.

5. Calcular todo a mano con hojas de cálculo.Con turnos variables, empleados a tiempo parcial y convenios que cambian cada año, calcular la nocturnidad de forma manual es una fuente constante de errores. Un fallo de una sola hora por empleado y mes puede suponer diferencias de cientos de euros al año a escala de equipo.

 

📝 ¿Sabías que...

 

Desde 2019, el registro de jornada es obligatorio para todas las empresas en España (Real Decreto-ley 8/2019). Si ya utilizas un sistema de fichaje digital, puedes automatizar el cálculo del plus de nocturnidad a partir de las horas registradas. Herramientas como Skello calculan automáticamente la nocturnidad en función del fichaje y del convenio colectivo aplicable, eliminando los errores manuales.

Preguntas frecuentes sobre el plus de nocturnidad

¿Es obligatorio pagar el plus de nocturnidad?

Sí, como norma general. El artículo 36.2 del Estatuto de los Trabajadores establece que el trabajo nocturno tendrá una retribución específica. Las únicas excepciones son que el salario ya integre la compensación (puestos inherentemente nocturnos) o que se haya pactado compensar con descansos.

¿Qué porcentaje se aplica al plus de nocturnidad?

No existe un porcentaje legal fijo. Depende del convenio colectivo aplicable. Lo más habitual oscila entre el 20% y el 30% del salario base por hora. Algunos convenios, como el del metal, fijan un importe por hora (por ejemplo, 2,20 €/h).

¿Se cobra el plus de nocturnidad durante las vacaciones?

Sí. Según la STS 784/2024 del Tribunal Supremo, el plus debe incluirse en el salario de vacaciones. El cálculo se hace sobre la media de los 11 meses anteriores al período vacacional. También se aplica a las pagas extraordinarias.

¿Qué diferencia hay entre trabajo nocturno y trabajador nocturno?

El trabajo nocturno es cualquier hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00. El trabajador nocturno es quien realiza al menos 3 horas diarias en esa franja de forma habitual, o al menos un tercio de su jornada anual. La diferencia importa porque el trabajador nocturno tiene restricciones adicionales: no puede hacer horas extras y su jornada no puede superar las 8 horas de media en 15 días.

¿Cómo se calcula el plus si mi turno empieza antes de las 22:00?

Solo las horas efectivamente trabajadas dentro de la franja 22:00–06:00 generan el plus. Si tu turno es de 18:00 a 02:00, solo se computan 4 horas nocturnas (de 22:00 a 02:00), no las 8 del turno completo. Este es uno de los errores de cálculo más habituales.

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