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Estatuto de los Trabajadores: guía completa actualizada [2026]

Por 
Laura
5
 min
Actualizado el
27 Apr 2026

Si gestionas un equipo, el Estatuto de los Trabajadores (ET) es la norma que marca las reglas del juego entre tu empresa y tus empleados. Jornada, turnos, vacaciones, despido, permisos… todo pasa por esta ley.

Pero seamos sinceros: leer el texto completo del BOE no es precisamente una tarea amena. Por eso hemos preparado esta guía práctica con todo lo que necesitas saber como responsable de RRHH o gerente de una pyme en España. Incluye las novedades de 2026, ejemplos concretos y una checklist de cumplimiento descargable.

¿Qué es el estatuto de los trabajadores y a quién se aplica?

El Estatuto de los Trabajadores es la norma fundamental del derecho laboral en España. Su versión actual fue aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y desarrolla el mandato del artículo 35 de la Constitución Española, que establece que "la ley regulará un estatuto de los trabajadores".

Su función principal es proteger al trabajador —la parte más débil de la relación laboral— y fijar un marco mínimo de derechos y obligaciones que ningún contrato ni convenio puede empeorar.

¿A quién se aplica?

El ET se aplica a todas las personas que prestan sus servicios de forma voluntaria, retribuida, por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización de un empleador (artículo 1 ET).

¿A quién NO se aplica?

  • Funcionarios públicos (régimen administrativo propio).
  • Consejeros de sociedades cuya actividad se limita al cargo.
  • Trabajos familiares, amistosos o benévolos.
  • Trabajadores autónomos (salvo disposición legal expresa).
 

⚖️ Ley: El Estatuto de los Trabajadores fue aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (texto completo en el BOE). Desarrolla el artículo 35 de la Constitución Española de 1978.

Además, el artículo 2 del ET regula las relaciones laborales de carácter especial: personal de alta dirección, empleados del hogar, deportistas profesionales, artistas en espectáculos públicos, entre otros. Estas relaciones tienen normativa propia pero siguen vinculadas al ET como marco de referencia.

Estructura del estatuto: los 3 títulos que debes conocer

El ET se organiza en 3 títulos principales, más disposiciones adicionales y transitorias. Aquí tienes la visión de conjunto:

Título I: la relación individual de trabajo

Es el título más extenso y el que más afecta al día a día de tu empresa. Regula:

  • Contrato de trabajo: tipos (indefinido, temporal, fijo-discontinuo, formativo), forma, validez y periodo de prueba.
  • Derechos y deberes: no discriminación, seguridad laboral, intimidad digital, desconexión.
  • Salario: salario mínimo interprofesional, gratificaciones extraordinarias, garantías salariales.
  • Jornada y descansos: jornada máxima, horas extraordinarias, descanso semanal, permisos retribuidos, vacaciones.
  • Modificación y extinción del contrato: movilidad funcional, movilidad geográfica, despido (disciplinario, objetivo, colectivo) e indemnizaciones.

Título II: representación colectiva

Regula los órganos de representación de los trabajadores en la empresa:

  • Delegados de personal (empresas de 10 a 49 trabajadores).
  • Comité de empresa (empresas de 50 o más trabajadores).
  • Derechos de información, consulta y competencias (artículo 64 ET).

Título III: negociación colectiva y convenios

Define el marco de los convenios colectivos: cómo se negocian, quién tiene legitimación para firmarlos y cuál es su eficacia jurídica.

 

💡 Ejemplo: Si el convenio colectivo de hostelería de tu comunidad autónoma establece 32 días de vacaciones, este prevalece sobre los 30 días mínimos del ET. Pero si el convenio fijara solo 25 días, esa cláusula sería nula: el ET marca el mínimo.

Derechos y obligaciones clave para empresas

Estos son los artículos del ET que todo responsable de RRHH debe tener controlados en su gestión diaria.

Jornada laboral y registro horario (art. 34 ET)

La jornada ordinaria máxima es de 40 horas semanales de trabajo efectivo, en cómputo anual. Además, la jornada diaria no puede superar las 9 horas, salvo que el convenio colectivo establezca otra distribución.

Pero el punto clave para las empresas llegó en 2019: desde entonces, el artículo 34.9 del ET obliga a registrar diariamente la jornada de todos los trabajadores. Esto incluye la hora exacta de entrada y de salida, y los registros deben conservarse durante 4 años.

 

⚠️ Atención: Desde 2019, todas las empresas —sin excepción de tamaño ni sector— deben registrar diariamente la jornada de cada trabajador (art. 34.9 ET). Los registros deben conservarse durante 4 años y estar disponibles para la Inspección de Trabajo, los representantes legales y los propios trabajadores.

El incumplimiento de esta obligación puede suponer sanciones de la Inspección de Trabajo que van de 751 € a 7.500 € por infracción, según la gravedad (LISOS). En una empresa con 15 empleados, una inspección desfavorable puede traducirse en una multa de varios miles de euros.

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Vacaciones, permisos y descansos (art. 37-38 ET)

El ET establece unos mínimos que tu empresa debe respetar siempre:

  • Vacaciones: 30 días naturales por año trabajado (artículo 38).
  • Descanso semanal: mínimo 1,5 día ininterrumpido (artículo 37.1).
  • Descanso entre jornadas: 12 horas mínimo.

Los permisos retribuidos más relevantes del artículo 37.3 ET incluyen:

  • Matrimonio: 15 días naturales.
  • Nacimiento de hijo: 5 días (más el permiso por nacimiento y cuidado del menor de 17 semanas).
  • Fallecimiento o enfermedad grave de familiar: 2 a 4 días según desplazamiento.
  • Mudanza: 1 día.
  • Deber público (votaciones, jurado): el tiempo indispensable.
 

📝 Nota: Desde 2026, el permiso por nacimiento y cuidado del menor se amplía a 17 semanas por progenitor (28 semanas en familias monoparentales). Además, cada trabajador dispone de hasta 4 días retribuidos al año por causa de fuerza mayor familiar urgente.

Contratos de trabajo (art. 11-16 ET)

Tras la reforma laboral de 2022, las modalidades de contratación se simplificaron considerablemente:

  • Contrato indefinido: la norma general.
  • Contrato temporal (artículo 15): solo por circunstancias de la producción (máximo 6 meses, ampliable a 12 por convenio) o por sustitución.
  • Contrato fijo-discontinuo (artículo 16): para actividades de naturaleza estacional o vinculadas a contratas.
  • Contratos formativos (artículo 11): en formación en alternancia o para la obtención de la práctica profesional.

Si un trabajador encadena más de 18 meses contratado en un período de 24 meses con dos o más contratos temporales, pasa automáticamente a ser indefinido.

Despido y extinción del contrato (art. 49-56 ET)

El ET distingue varias formas de extinción:

                                                                                                                                                                                                                                               
Tipo de despidoCausaIndemnizaciónPreaviso
Despido disciplinario procedente (art. 54)Incumplimiento grave y culpable del trabajador0 €No obligatorio
Despido objetivo (art. 52-53)Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción20 días/año trabajado (máx. 12 mensualidades)15 días naturales
Despido improcedente (art. 56)No se acredita la causa alegada33 días/año trabajado (máx. 24 mensualidades)
Despido colectivo (art. 51)Causas ETOP que afectan a un número significativo de trabajadores20 días/año (máx. 12 mensualidades)Período de consultas de 15-30 días

Estatuto de los trabajadores vs convenio colectivo: ¿cuál prevalece?

Esta es una de las dudas más frecuentes, y la respuesta es clara: el ET fija los mínimos legales y el convenio colectivo solo puede mejorarlos, nunca empeorarlos.

En la práctica, esto significa que tu convenio sectorial puede otorgar más vacaciones, reducir la jornada o ampliar los permisos. Pero jamás puede, por ejemplo, fijar una jornada superior a las 40 horas semanales del ET.

                                                                                                                                                                                                                                           
AspectoEstatuto (mínimo legal)Convenio colectivo (puede mejorar)
Vacaciones30 días naturales32-35 días (ej: hostelería Cataluña)
Jornada semanal40 horas37,5 h - 39 h según sector
Horas extraordinariasMáximo 80 h/añoPuede establecer límites inferiores
Permisos retribuidosArt. 37.3 (lista legal)Permisos adicionales posibles
Periodo de prueba6 meses (titulados) / 2 meses (otros)Puede reducirlo
 

💡 Ejemplo: Un restaurante en Barcelona aplica el convenio de hostelería de Cataluña, que fija la jornada anual en 1.776 horas (frente a las 1.826 h del ET). Un comercio de moda, en cambio, puede estar sujeto a un convenio que permite abrir domingos con compensación en descanso. En ambos casos, el ET marca el suelo, pero es tu convenio el que define las reglas del día a día.

Novedades del estatuto de los trabajadores en 2026

El 2026 trae varios cambios normativos que impactan directamente en la gestión de personal:

Ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor. El permiso pasa a 17 semanas por progenitor y a 28 semanas para familias monoparentales. Si el nacimiento se produjo entre agosto de 2024 y julio de 2025, la ampliación se puede disfrutar desde el 1 de enero de 2026.

Nuevos contratos formativos (art. 11 ET). El reglamento publicado en diciembre de 2025 introduce límites más estrictos al número de contratos formativos por empresa y refuerza la vinculación efectiva entre formación y puesto de trabajo.

Reducción de jornada en debate. La propuesta de reducir la jornada legal a 37,5 horas semanales sigue en tramitación. Si se aprueba, afectará directamente a la planificación de turnos de todas las empresas.

Subida del SMI. El salario mínimo interprofesional se sitúa en torno a 1.424,50 € mensuales (14 pagas). Se prohíbe expresamente compensar la subida del SMI con la absorción de complementos salariales.

Registro de jornada digital. Se prevé el refuerzo de las obligaciones de trazabilidad digital del tiempo de trabajo, lo que dejará obsoletos los sistemas de fichaje en papel.

 

⚠️ Atención: Si la reducción de jornada a 37,5 h/semana se aprueba, todas las empresas deberán adaptar sus plannings y cuadrantes de turnos. Para los sectores con alta rotación (hostelería, comercio, limpieza), el impacto será especialmente significativo. Mantente al día con la normativa vigente consultando el BOE.

Cómo garantizar el cumplimiento del estatuto en tu empresa

Cumplir con el ET no es solo una obligación legal: es una forma de proteger tu negocio frente a sanciones, reclamaciones y conflictos laborales. Aquí tienes la checklist esencial.

 
   📋 Checklist: ¿Tu empresa cumple con el Estatuto de los Trabajadores?    
Descarga esta checklist en PDF para compartirla con tu equipo.  
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                               
ObligaciónArtículo ET✅ / ❌
Registro de jornada diario conformeArt. 34.9
Contratos formalizados por escrito según modalidadArt. 8
Jornada máxima respetada (40 h/semana, 9 h/día)Art. 34
Pago puntual del salarioArt. 29
SMI y complementos del convenio respetadosArt. 27
Vacaciones y permisos retribuidos gestionadosArt. 37-38
Periodo de prueba conforme al convenioArt. 14
Plan de igualdad (si +50 empleados)Ley Orgánica 3/2007
Canal de denuncias activo (si +50 empleados)Ley 2/2023
Registros conservados durante 4 añosArt. 34.9

Si has marcado más de 3 casillas en "No cumplido", tu empresa está expuesta a riesgos legales significativos. La buena noticia es que la mayoría de estos puntos pueden resolverse digitalizando la gestión del personal.

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Preguntas frecuentes sobre el estatuto de los trabajadores

¿Qué es el estatuto de los trabajadore

Es la norma fundamental del derecho laboral español, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/2015. Regula la relación individual de trabajo, la representación colectiva y la negociación colectiva. Se aplica a todos los trabajadores por cuenta ajena en España.

¿Cuántos artículos tiene el estatuto de los trabajadores?

El ET contiene 92 artículos organizados en 3 títulos, además de disposiciones adicionales, transitorias, una disposición derogatoria y disposiciones finales.

¿Qué diferencia hay entre el estatuto de los trabajadores y un convenio colectivo?

El ET establece los mínimos legales que ninguna empresa puede incumplir. El convenio colectivo puede mejorar esas condiciones (más vacaciones, menos jornada, más permisos), pero nunca empeorarlas. Ambos son complementarios.

¿Cuál es la jornada máxima según el estatuto de los trabajadores?

40 horas semanales de trabajo efectivo en cómputo anual y un máximo de 9 horas diarias, salvo que el convenio colectivo establezca otra distribución (artículo 34 ET).

¿Qué ocurre si mi empresa no cumple el estatuto de los trabajadores?

La Inspección de Trabajo puede imponer sanciones que van de 751 € a 225.018 € según la gravedad. Además, los trabajadores pueden presentar reclamaciones ante la jurisdicción social. El incumplimiento reiterado puede derivar en responsabilidades penales en los casos más graves.

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